Aviso de cookies

Estoy de acuerdo Este sitio web guarda pequeños fragmentos de información (cookies) en su dispositivo con la finalidad de ofrecer un mejor contenido y para finalidades estadísticas. Usted puede desactivar el uso de cookies modificando la configuración de su navegador. Navegar por nuestro sitio web sin cambiar la configuración del navegador hace que usted nos esté autorizando a guardar esta información en su dispositivo. Mas información

EN CASO DE SINIESTRO.....

EN CASO DE SINIESTRO, El seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado.

Para la determinaciòn del daño se atenderà el valor del interès asegurado en el momento inmediatamente anterior a la realizaciòn del siniestro. Articulo numero 26, de la LEY 50/80 DE CONTRATO DE SEGUROS

Comentarios

Escribe un comentario