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PLAZO DE DOS MESES PARA PAGAR LAS COMPAÑIAS

Las aseguradoras podrán tener un plazo máximo de dos meses para presentar una propuesta de indemnización a un cliente desde que le comunica un siniestro y, posteriormente, cinco días para pagarle dicha compensación, según el anteproyecto de la Ley del Contrato de Seguros. Las compañías deberán avisar a los clientes que no abonen la primera prima (o la única) para resolver la situación en el plazo de 15 días, frente a los seis meses que recoge la normativa actual. Y en el supuesto en el que no se abonaran las primas siguientes, se sustituye el actual plazo de seis meses por uno de tres meses para suspender la cobertura del contrato.

En Daños, el cliente dispondrá de un mes desde la declaración de un siniestro para notificar los daños, frente a los cinco días actuales. En Vida, se exige a la compañía que facilite al tomador la información específica que le permita comprender adecuadamente los riesgos de su inversión. Y en el caso concreto de las pólizas en las que el asegurado asume el riesgo de inversión, la compañía le tendrá que informar de forma clara y precisa de que el dinero que recibirá depende de las fluctuaciones de los mercados financieros. En Accidentes, se reconoce el derecho del asegurado a que la compañía le cubra su invalidez si ésta aparece en los dos años siguientes a un accidente bajo la vigencia de un contrato.

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